ÉTICA DEL COMERCIO ELECTRÓNICO.


CÓDIGO DE ÉTICA.


v  OBJETO.
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El Código de Ética de la Asociación Mexicana de Venta Online, A.C., establece una idea clara de cuáles son los comportamientos y conductas apropiadas de los Asociados de la AMVO, o bien, las personas con las que contrata la AMVO, creando así una cultura organizacional basada en conceptos éticos y honestos, para el transparente y correcto crecimiento del mercado de comercialización de productos y servicios por medios electrónicos en México, así como, establecer las bases de cumplimiento legal de los Asociados.

v  APLICABILIDAD.
Resultado de imagen para etica aplicacionTodo Asociado y Contratante está obligado a cumplir con el presente código, ya sea por formar parte de la Asociación, o bien, por entablar una relación con la Asociación, frente al público en general, quedando, de esta forma, vinculados jurídicamente a desempeñarse en tenor del presente

v  DEFINICIONES.
Resultado de imagen para amvoLos términos en adelante enlistados, tendrán los significados que a continuación se les establece, independientemente que los mismos se refieran en singular o plural:
·  AMVO: Asociación Mexicana de Venta Online, A.C., también referida como la “Asociación”.
·       Asamblea: Se refiere a la Asamblea General de Asociados, que es el órgano supremo de la Asociación.
Resultado de imagen para asamblea·   Asociado: Es el Comerciante Online que, en términos del Artículo Noveno de los Estatutos de la AMVO, cumpla con los requisitos y procedimientos señalados en las presentes Políticas.
·     Online: Se refiere a la actividad de compra y venta de productos o prestación de servicios a través de medios electrónicos, particularmente, las redes de comunicación interconectadas denominadas “Internet”.
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·  Comerciante Online: Toda Persona Física o Moral que se dedique principal y profesionalmente a la comercialización de cualquier tipo de productos, o prestación de servicios, siendo el medio de contratación, los medios electrónicos, particularmente, las redes de comunicación interconectadas denominadas “Internet”.
·   Consejo Directivo: Es el órgano colegiado integrado de conformidad con el Artículo Décimo Octavo de los estatutos, encargado de la administración de la Asociación.
·    Código de Ética: El presente Código de Ética de la Asociación, también denominado “Código”.
·     Sectores: Son los diferentes gremios del Comercio electrónico, que, en sus diferentes categorías, se dedican a la comercialización de productos, artículos, servicios, entretenimiento, etc., clasificados en términos de los Estatutos o resoluciones de la Asamblea.

v  NORMAS ÉTICAS.
Resultado de imagen para conservar informacion comercialTodo Asociado y Contratante deberá de cumplir con las normas éticas expresadas a continuación:
1. Respecto a su relación con el Consumidor.
Resultado de imagen para atencion a clientes onlinei. Identidad: Deberá de dar a conocer al Consumidor, en todo momento y de forma consultable, su razón social, nombre comercial, su domicilio físico, números telefónicos, horarios de atención y toda información útil para el consumidor tenga certeza de su identidad.
ii. Atención a Clientes o Consumidor: Deberá de dar a conocer al Consumidor mecanismos de consulta y solución de controversias ágiles, convenientes y gratuitas, que deberán de estar enfocados a su cumplimiento de forma “no presencial”.
iii. Políticas Contractuales: Establecer pautas del servicio o transmisión del producto, y ponerlas a disposición del consumidor, previo a la contratación y recabar el consentimiento del consumidor con esas políticas.
iv. Conservar la Información Comercial: Almacenar toda la información relativa a las transacciones realizadas con el consumidor.


v  SANCIONES.
Resultado de imagen para sancionesEn caso que exista alguna violación a lo dispuesto en este código, la Asociación podrá imponer las sanciones, sin perjuicio de cualquier acción legal que pueda ejercer el afectado o la asociación, según en derecho proceda.
1. Para la imposición de sanciones, se deberán de considerar los siguientes factores:
a) Afectación del acto al Mercado.
b) Afectación del acto a los Consumidores.
c) Procesos interpuestos por la Autoridad Correspondiente.
d) Antecedentes del Asociado.
e) Reincidencia.
2. Las Sanciones son las siguientes:
a) Amonestación
b) Suspensión o limitación de derechos del asociado.
c) Expulsión de la Asociación.
3. La Asociación tendrá conocimiento de una infracción al presente código y deberá de realizar todo acto de investigación para determinar la sanción procedente, ya sea, mediante una denuncia presentada por cualquier persona, o bien, por tener el indicio de incumplimiento.


EJEMPLO.

La empresa Cinepolis a través del comercio electrónico, donde ofrece rentas de películas, horarios y venta de boletos para sus funciones, maneja en la página oficial un documento donde habla del código de integridad que la rige, los derechos y respeto que se me merecen sus clientes y colaboradores,  y en caso de incumplirlo o cometer alguna falta, estipula también sanciones.



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